¿Incesto en la familia Andley?
por: Alys Avalos


Por la naturaleza del contenido de este mensaje no es recomendable a menores de edad. Por favor, si eres un fanático menor de 15 años, te ruego abstenerte de leer este comentario.

La palabra incesto, al igual que la gran mayoría de las palabras tiene varias connotaciones o grados de intensidad. 

Pero primero veamos su etimología: incesto viene del sustantivo en  latín “incestus” que significa  impureza sexual, derivado del adjetivo “incestus” que significa profano, sexualmente impuro. ( in – implica negación- y cestus –castidad-; es decir no casto)

En un sentido amplio, nos dice el diccionario WEBSTER, “incesto es cualquier relación sexual de personas entre las cuales existe algún tipo de parentesco”. Podría ser incesto entre hermanos, tíos, primos, parientes políticos, etc.

Sin embargo, en un sentido estricto el término incesto varía según el marco legal en el cual estemos hablando. Con esto quiero decir que el rigor en que la ley prohíbe el matrimonio entre parientes varía de acuerdo al país y al código civil de la región en la cual vivan o se encuentren los interesados.

Debemos de tener en cuenta que un sistema de gobierno republicano y federal, como el que tienen la mayoría de los países en la actualidad, existe una carta magna o constitución de la cual emanan las leyes federales o generales del país. Esta constitución es interpretada y adaptada a cada región por los legisladores locales,  los cuales diseñan los códigos civiles de los estados o provincias del país. De modo que la Constitución es un marco legal “general” y “amplio” que se aplica de un modo “particular” y “estricto” de acuerdo a la ley regional de cada estado.

El diccionario Webster nos proporciona el marco legal general de Estados Unidos:
 

“Se considera incesto al crimen de cópula sexual, cohabitación o matrimonio en las personas entre las que existen grados de consanguinidad o afinidad, en los cuales el matrimonio está legalmente prohibido.”


Por consanguinidad entendemos: la relación por descendencia de un ancestro común. Es decir, parientes sanguíneos,  padre, madre, hermanos, tíos ,sobrinos, y todos aquellos con que se tengan lazos de sangre.

Por afinidad entendemos: relaciones de parentesco establecidas por enlaces matrimoniales o lazos legales, o todos aquellos diferentes a los lazos sanguíneos. Es decir, estarían relacionados por afinidad los cuñados, suegros, padrastros, madrastras, padres e hijos adoptivos, hermanos adoptivos, y otros por el estilo.

SIN EMBARGO, cuando la ley se aplica se hace en función de un código civil regional y entonces vienen los “bemoles” del asunto.

Mis alumnos que estudian leyes me dieron el siguiente ejemplo del caso mexicano. Nuestra constitución indica prohibición de matrimonio a parientes en primer grado de consanguinidad, es decir, constitucionalmente solamente está prohibido el matrimonio entre padres e hijos y entre hermanos. 

No obstante, en mi estado que es Veracruz, el código civil extiende la prohibición al casamiento entre tíos y sobrinos y padres e hijos adoptivos. Para el caso de los tutores y tutorados, no existe prohibición, pero para efectuarse matrimonio el tutor debe pedir que se le quite su derecho de tutor y solicitar una “dispensa” a un juez local para que se efectúe el matrimonio.

Todo este largo discurso es para hacerles ver que la prohibición de matrimonio entre parientes varía mucho dependiendo del país, marco legal y cultura.

Como ya les dije, en los Estados Unidos el estatuto de los diferentes estados define de manera particular el grado de relación en la cual el matrimonio está estrictamente prohibido. Estos estatutos  establecen penas para el crimen de incesto que varían desde una pequeña multa hasta largos periodos de prisión. (Enciclopedia Encarta)

Ignoro cual es el concepto que la legislación japonesa tenga del incesto. Si quisiéramos entender cómo ve Mizuki la relación entre Albert y Candy habríamos de ver qué concepto se maneja en ese país.

Por último,  la relación entre Candy y Albert no queda del todo clara, hasta donde nos dice el manga no sabemos si él es su padre adoptivo, o su tutor. En el caso de ser su tutor solamente, no habría gran impedimento para dicha relación, a lo menos según el marco legal mexicano. De ser su padre adoptivo – cosa que sería muy curiosa siendo Albert tan joven- entonces tal vez haya impedimento.

La relación es muy extraña, existen indicios que confunden. Al final del manga la señorita Pony se refiere a Albert como “el tío de Candy” y lo contradictorio aquí es que Candy recibe el nombre de la familia Andley al ser adoptada, y según mis informantes legales, tanto en México como en los Estados Unidos, solamente reciben el apellido de la familia los hijos adoptivos y no los chicos bajo custodia de un tutor. 

SIN EMBARGO, es preciso recordar que Candy y Albert no tienen, hasta donde la historia nos deja ver, NINGUNA RELACION COSANGUÍNEA y además la diferencia de edades no es muy drástica. Razón por la cual, si lo vemos fríamente no hay grandes impedimentos para una relación entre ellos como no sean los posibles impedimentos legales que puedan existir en caso de que Albert fuese el padre adoptivo de Candy.

PERO, pongan bien atención, no podemos confiarnos mucho en los hechos legales para saber cómo ve Mizuki esta relación, porque la autora se toma muchas licencias poéticas y elabora su propia versión de la realidad aunque no sea muy congruente con el mundo real en varios puntos. Después de todo, estamos hablando de un simple “cuento”, jejejejejeje. De las inconsistencias de Mizuki hablaré en el siguiente mensaje.

Termino con un ejemplo de las variaciones que se le da al término incesto. Es de todos conocido el caso del cineasta Woody Allen, quien contrajo matrimonio con la joven vietnamita Soon Yi Previn. A la situación se le ha calificado de “incestuosa” y desde un sentido amplio dicha relación bien puede ser vista de esa forma. Es decir, la relación toma rasgos de impureza sexual ya que Woody Allen era la pareja de la actriz Mia Farrow quien es madre adoptiva de Soon Yi.  Se podría dar el calificativo de relación incestuosa ya que el Sr. Allen, al ser la pareja de la Sra. Farrow, debería haber representado un tipo de imagen paterna para Soon Yi, quien aunque NO ERA su hija adoptiva, (Soon Yi es hija adoptiva de La Sra. Farrow y su ex esposo, el conductor André Previn) sí formaba parte del grupo de menores que vivían en la casa al cuidado de Allen y Farrow.  Pero bueno, yo no soy quién para juzgar al Sr. Allen, quien además es un artista que tiene toda mi admiración. 

Por otra parte, desde el punto de vista legal, la relación entre Allen y la joven Previn NO ES INCESTUOSA, ya que no hay ningún parentesco entre ellos. Por este motivo no tuvieron ninguna dificultad en contraer nupcias. Soon Yi pasó a ser la tercera esposa de Allen en 1997, en una discreta boda que tuvo lugar en Italia.

Espero que esta información los haya entretenido un rato.
 

CARIÑOSAMENTE

ALYS



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